EL TITULAR DEL MIDIS, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social EN MADRE DE DIOS,
QUE EXPLIQUE ESTO:

Se ha destinado más de un millón de soles en la compra de dos camionetas MIniban.
Siendo este presupuesto para elaborar perfiles de proyectos de inversión pública a través de ACCESOS (construcción de ambientes educativos, incremento de aulas)
CAFAE en ningún momento indica que se puede hacer cambios a lo destinado para un fin PRESUPUESTADO.
Artículo 7. Fuente de financiamiento de las transferencias para los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE)
Las transferencias para los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE), a partir del 1 de enero de 2013, se financian exclusivamente con recursos ordinarios del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales. En ningún caso se puede recurrir para tal fin a los Recursos Directamente Recaudados, Recursos Determinados u otra fuente distinta de financiamiento, bajo responsabilidad de los funcionarios comprendidos en el párrafo 7.1 del artículo 7 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Y en el Artículo siguiente NO MENCIONA EN NINGÚN MOMENTO QUE PUEDE DARSE TRANSFERENCIA A OTRO FIN, QUE HA SIDO SEÑALADO, PRESUPUESTADO, REQUERIDO Y ESTIPULADO POR EL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
Es decir, viendo este pequeño análisis.
El presupuesto del sector público en el Perú es anual, se programan gastos para metas y actividades consideradas solo y exclusivamente a lo largo de un año.
El conjunto de fuentes de financiamiento crecen, a excepción de los Recursos de operaciones oficiales de crédito que disminuyen. Recursos Ordinarios y Canon son las fuentes que más se incrementan.
El destino final de los recursos presupuesto se diferencian en gasto corriente, gasto de capital o inversiones, gasto previsional o de pensiones, servicio de la deuda y reservas de contingencias.
Viendo estas consideraciones que estipula el Análisis del Presupuesto para el ejercicio presupuestal peruano.
¿EN QUE PARTE DICE QUE SE PUEDE HACER CAMBIOS EN EL DESTINO DE LO PRESUPUESTADO?
CREO QUE EN MINDES Y EL CAFAE EN MADRE DE DIOS NO SABEN O SE HACEN LOS COJUDOS.
EL PROCURADOR DEL MINDES DEBE ACTUAR, ESTO ES DESVIO DE FONDOS PARA UN PROYECTO QUE NI SIQUIERA HA SIDO EVALUADO.
Y PARA COLMO EL DGI ES FAMILIAR DE SALHUANA.
OTRA PERLA DE ESTE SEÑOR...
Y DICE QUE ES SINDICALISTA... QUE RISA
QUE APRENDA GENERAR PROYECTOS QUE PASEN LA VALLA DEL SNIP Y NO UTILICE FONDOS DE OTRAS ÁREAS.
Y LO ÚLTIMO EL RECLAMO DE LOS PROFESORES DE EDUCACIÓN FÍSICA QUE NO HAN SIDO REASIGNADOS COMO PROFESORES DE PRIMARIA... Y QUIEN LE DEBEMOS TAL BURRADA AL JEFE DEL DGI Y DICE QUE DEBEN HACERLO POR EL CONDUCTO LEGAL.
¿CUÁL LEGAL? ¿CUÁL CONDUCTO?
PENDEJITOS SON....
NADA QUIEN DE RESPONSABILIDAD.
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN TIENE QUE HACER UNA AUDITORIA.
DECIR AL PRESIDENTE REGIONAL ES POR LAS PURAS... ESE SEÑOR CON LAS JUSTAS SABE AMARRARSE EL ZAPATO... MENOS VA A ENTENDER DE PRESUPUESTO.

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