¿POR QUÉ 24 HORAS DE DETENCIÓN SOLAMENTE?

¿PUEDE UN FISCAL EN EL PERÚ A FALTA DE PRUEBAS CONTUNDENTES QUE LA LEY LE EXIGE... PEDIR PRISIÓN PREVENTIVA? o es que le falta argumentos legales que se exige y que él no contempla como necesarias.

Creo que en las actuales circunstancias la ley peruana como se articula necesaria para combatir a la delincuencia esta mal, no presente cohesión en sus argumentos, existen muchas leyes con mucha protección de derechos humanos que no distingue al acusador del acusado, no no sabemos ¿quién es el acusado ni quien es el acusador? la temible PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, nos atrapa en el marco legal de imponer una verdadera sanción punible a ese delincuente probable que se nos escapa. No es posible que con 24 horas de detención se tenga listo: prueba balística, información de los testigos, en fin cosas que el Fiscal quien es el encargado de elevar el expediente al Juez no puede reunir la información y claro DEJAR EN LIBERTAD AL DELINCUENTE por que falta pruebas.
Bendita Palabra.
PUEDE EL FISCAL PEDIR UNA AMPLIACIÓN DE 72 HORAS CONTEMPLADA EN LA LEY... O ES QUE ESO NO LE DA LA GANA.
En Estados Unidos se dice 48 horas después de la detención...
Por qué acá no se hace lo mismo... 48 horas detenido para ver los trámites y causales probadas de su detención.
¿PUEDE HACER ESO LA FISCALIA?
O ES QUE NO ESTÁ EN SUS FUNCIONES AYUDAR AL POBLADOR..
Por que si no seguiremos en las mismas.
Y la Campaña CHAPA A TU CHORO Y DÉJALO LISIADO... SERÁ CADA VEZ MÁS UNA REALIDAD.

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